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Atención de siniestros


A continuación, se detalla el procedimiento general para la atención y reclamación de siniestros.
 

Procedimiento para Siniestros de Seguros de Caución:

La ejecución de garantías (fianzas o cauciones) es un procedimiento que se ajusta a lo dispuesto por el Artículo 1898° del Código Civil. En ese sentido, el beneficiario deberá cursar su requerimiento de ejecución por vía Notarial a nuestra oficina principal (Av. Victor Andrés Belaunde No. 147 Edificio Real Diez, Of. 601 Centro Empresarial Real - San Isidro), precisando el motivo de su solicitud, en el plazo máximo de 15 días posteriores a su vencimiento. Asimismo, para el caso de garantías emitidas a favor de entidades públicas, deberán observarse además los requisitos establecidos por las normas que resulten de aplicación, tales como la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, entre otras.

En caso proceda la ejecución, se atenderá la solicitud en los plazos legales aplicables y el pago se entregará a través de un cheque de gerencia, previa coordinación para su recojo efectuada a través de las líneas de comunicación de la compañía.

Para el caso de garantías (pólizas de caución y/o fianzas) emitidas en el marco de las normas de Contrataciones del Estado, el plazo para honrar las cauciones / fianzas es 3 días hábiles.
 

Documentos requeridos para el recojo de los pagos


El representante de la entidad beneficiaria deberá acercarse a nuestras oficinas portando lo siguiente:
 
  • DNI original y copia    
  • Carta suscrita por funcionario de la entidad beneficiaria autorizando al portador para el recojo de los cheques 
  • Resolución de Nombramiento (copia) o vigencia de poder, en caso corresponda
  • Fianza/s vigente/s en original, para ser validada/s por la Compañía
Nota: la(s) fianza(s) vigentes corresponden a la que se encuentran en dicha condición a la fecha de la solicitud de ejecución y deben coincidir con los registros digitales de la compañía. La Compañía no solicitará fianzas previas o renovaciones que no se encuentren vigentes.

Líneas de comunicación para coordinación sobre recojo de pagos e información sobre atención de siniestros:
 

Procedimiento para Siniestros de Seguros de Crédito

Los asegurados que presenten una reclamación por impago en sus facturas por un deudor, deberán seguir el siguiente procedimiento:

- Comunicación del siniestro o impago: El cliente tiene plazo para reportar el siniestro desde la fecha de vencimiento de la factura hasta el plazo indicado en las condiciones de su póliza. - En caso de prórroga, este plazo también se indica en dichas condiciones.
- La comunicación deberá ser enviada por correo al servicio de post venta carmendiaz@cesce.pe y/o al ejecutivo comercial de Cesce asignado.
- Solicitud de documentos: La compañía responderá en un plazo de 24 horas indicando todos los documentos que tienen que ser presentados.
- Presentación de documentos: El asegurado tiene un plazo máximo de 30 días para presentar toda la documentación correspondiente, la cual deberá ser efectuada mediante correo electrónico (a los mismos correos indicados en el primer punto).
 
  • Copia de las facturas.
  • Bill of Lading “B/L” / Orden de compra / Guía de Remisión (Sellados y firmados), según corresponda.
  • Documnto con sello y firma del receptor de la mercadería para dar constancia que la ha recibido correctamente.
  • Estado de cuenta del deudor, correspondiente al último año. En hoja membretada, el cual debe contener las fechas de emisión; vencimiento; cancelaciones y saldos pendientes. Así mismo debe estar firmada por las personas autorizadas a la fecha.
  • Si las facturas se encuentran prorrogadas, enviar acuerdo de pago con el deudor.
  • Medios de pago (cheques, pagarés, letras) si no lo tienen indicar que No aplica. En el caso que Sí aplique, se tiene que enviar por correo y luego regularizar el original enviándolo a la oficina de Cesce.
  • En el caso se tenga documentos adicionales que acrediten la venta estos deben incorporarse a la información a enviar.
- Atención del Siniestro: Luego de recibir toda la documentación, el área de siniestros confirmará la decisión del expediente dentro de los 90 días contados desde la fecha de comunicación del siniestro.
 

Siniestros rechazados

A continuación se muestra la información de siniestros rechazados del producto Seguro de Crédito, conforme la legislación vigente. Cabe señalar que por la naturaleza del producto Caución, no existen siniestros rechazados.