Máster Oro Integral - Cesce Perú
CESCE Máster ORO
Asegura los riesgos del crédito comercial de la empresa.
SECREX revoluciona el mercado al ofrecerle CESCE MASTER ORO, la única solución flexible que permite gestionar inteligentemente los riesgos de crédito a clientes y optimizar su presupuesto, mediante:
- Prospección de Mercados
- Risk Management
- Transferencia del Riesgo: Pay Per Cover / Full Cover
- Financiamiento
- Servicios de Valor Añadido
Solicitar más información
GRS GLOBAL
Con el servicio GRS Global podrá realizar búsquedas de clientes potenciales en más de 200 millones de empresas en cualquier país del mundo según los criterios que usted defina, permitiéndole obtener la información disponible en la base de datos.
Los más de 25 criterios de segmentación disponibles en GRS le permitirán personalizar sus búsquedas para adaptarlas completamente a sus necesidades. Además, podrá excluir de las búsquedas a sus propios clientes, de modo que todos los registros de su base de datos supondrán una oportunidad real de venta.
Solicitar más información
SECREX pone a disposición de su empresa su conocimiento, experiencia y un innovador sistema de control y vigilancia de su cartera de clientes para asesorarle en la decisión y seguimiento de sus riesgos de crédito.
Este sistema se asienta en modelos estadísticos de decisión testados sobre diferentes países, que gestionan millones de datos sobre cientos de miles de empresas, que configura, para su empresa, un avanzado mecanismo de outsourcing para el control de sus riesgos. Además, setenta profesionales del análisis de riesgos estarán permanentemente controlando su cartera de deudores y asesorándole en la gestión de los mismos.
El Servicio RISK MANAGEMENT opera en tiempo Real y es accesible a través de internet.
Solicitar más información
Transferencia del Riesgo Pay PerCover
CESCE MASTER ORO le permitirá mantener monitorizada toda su cartera de deudores y activar la cobertura Pay Per Cover, si lo desea y en cualquier momento, de aquellos riesgos que considere más críticos, sin la obligación de cubrir toda su cartera. Cuando decida transferir el riesgo de parte de su cartera, ésta deberá representar no menos del 20% de sus clientes y del 20% de sus ventas a crédito.
Transferencia del Riesgo Full Cover
CESCE MASTER ORO en su modalidad Full Cover le permitirá mantener monitorizada toda su cartera de deudores y transferir el riesgo de la totalidad de la misma, con un compromiso de cobertura en relación al nivel de riesgo de cada uno de sus clientes.
SECREX ha desarrollado un sistema de análisis, gestión y seguimiento de riesgos que probadamente ha demostrado su capacidad predictiva y el ajuste en sus decisiones, fijando las primas en función del riesgo atribuible a cada uno de sus deudores. Es la única compañía del mercado que le ofrece precios distintos para deudores distintos.
Solicitar más información
a) La ocurrencia de riesgos no contemplados en los riesgos incluidos en la cobertura.
b) Los créditos frente a DEUDORES y, en su caso, GARANTES derivados del suministro de mercancías, entrega de instalaciones o prestación de servicios en los que el DEUDOR o GARANTE tengan el carácter de Organismo Público o COMPRADOR PÚBLICO, salvo que se haya contratado la cobertura de Riesgos Políticos en la PÓLIZA
c) Los créditos cuyos deudores o garantes sean personas naturales que carezcan de la condición de comerciantes o no sean profesionales o que no hagan de la actividad mercantil su ocupación habitual o que se deriven de VENTAS directas a consumidores.
d) La totalidad de los CRÉDITOS frente a DEUDORES o GARANTES clasificados en la PÓLIZA, sobre los que el CONTRATANTE o cualquier ASEGURADO haya contratado un seguro de crédito con otra entidad, salvo autorización expresa de SECREX.
e) Los impagos de créditos en los que el DEUDOR/GARANTE sea sucursal, filial o agencia del CONTRATANTE/ASEGURADO o viceversa; o exista entre unos y otros relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, en caso de empresarios individuales; o vinculación de administradores, representantes legales o directivos si se trata de personas jurídicas u otro tipo de vinculación o participación societaria.
f) Los créditos correspondientes a VENTAS no comprendidas en la actividad asegurada indicada en las Condiciones Particulares de la PÓLIZA o de ilícito comercio.
g) Los impagos de créditos denominados en una moneda extranjera no convertible.
h) Los créditos que no resulten ciertos, líquidos y exigibles frente al DEUDOR y GARANTE por cualquier circunstancia, los que no cumplan los términos y condiciones del SUPLEMENTO DE CLASIFICACIÓN y del resto de la PÓLIZA, los que se encuentren afectados por el incumplimiento del CONTRATANTE o de los ASEGURADOS de las obligaciones establecidas en la PÓLIZA y aquéllos que hayan sido perjudicados por cualquier causa imputable al CONTRATANTE/ASEGURADO.
i) Los créditos de VENTAS realizadas sin SUPLEMENTO DE CLASIFICACIÓN en vigor, los no notificados a SECREX y los otorgados en situación de agravamiento de riesgo. Se entienden otorgados en situación de agravamiento de riesgo, los CRÉDITOS de VENTAS a un DEUDOR, efectuados con posterioridad a la existencia de un vencimiento impagado en la fecha legalmente exigible, esté o no cubierto por la PÓLIZA, con un retraso igual o superior a 60 días del vencimiento original o debidamente prorrogado.
j) En caso de falta de retiro de la mercancía por el COMPRADOR en VENTAS al exterior, el plazo máximo es de 30 días.
k) El impago de los intereses moratorios, los gastos de protesto, devolución o negociación de efectos, los quebrantos bancarios, las multas o penalidades contractuales y la ejecución de fianzas.
l) El impago del Comprador sea debido a acciones u omisiones del ASEGURADO, entidades financieras, agentes, transportistas, comisionistas, representantes u otras personas naturales o jurídicas que intervengan en el desarrollo o la gestión de la venta o del CONTRATO COMERCIAL bajo instrucciones del ASEGURADO.
m) Pérdidas o daños causados directa o indirectamente por hechos o acontecimientos de carácter extraordinario cuya propia naturaleza anormal y la elevada intensidad y cuantía de daños que de ellos pueda derivarse impiden que su cobertura quede garantizada en una póliza de seguro ordinario, como lo pueden ser de manera enunciativa más no limitativa los daños ocasionados por radiación nuclear o contaminación radioactiva, eventos de la naturaleza, como ciclones, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, maremotos y fenómenos similares, así como accidentes nucleares y los ocasionados por sustancias químicas, bioquímicas o similares, acontecidos en Perú o igualmente en el extranjero, así como cualquier riesgo que no esté contemplado en la PÓLIZA.
n) El impago de las VENTAS sea consecuencia de la realización de algún evento o riesgo que pudo haber sido cubierto al ASEGURADO, a través de otro tipo de seguro.
o) Riesgos Políticos, excepto si la cobertura fue contratada mediante convenio expreso.
Contacte con nosotros
Envíenos sus datos mediante este formulario y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.
Estaremos encantados de ayudarle.
Solicita información
Déjenos sus datos y nos pondremos en contacto con usted.